✍🏻 Aparentemente el invento del teléfono fue una carrera de fondo que terminó ganando Alexander Graham Bell, quién el 14 de febrero de 1876 depositó su patente, US174465, concedida unos días más tarde, el 7 de marzo del mismo año.
Pero el mismo día en que Bell presentaba su solicitud de patente en la Oficina de Patentes US PTO de Washington, otra persona hacía lo mismo; se trataba del ingeniero Elisha Gray, el cual presentaba una advertencia de patente de otro aparato similar, en el que el transmisor era un líquido de resistencia variable.
Aquel día comenzó por tanto una batalla legal, técnica e histórica que ha mantenido a varias personas ocupadas durante casi siglo y medio, a lo largo de los cuales se ha tratado de responder a varias preguntas: ¿Qué patente llegó primero a la Oficina de Patentes, si fueron presentadas el mismo día? ¿Cuál de las dos invenciones fue anterior? Este hecho es muy relevante porque hasta 2011 en Estados Unidos la patente pertenece al primero que inventa, no al primero que patenta. Y sobre todo, ¿plagió Bell el transmisor de Gray tras tener acceso a la advertencia de patente de su rival?. La hipótesis del plagio ha sido defendida por varios autores, que llegaron a la conclusión de los abogados de Bell pudieron copiar el diseño de Gray gracias al posible soborno de un examinador de patentes llamado Zenas Wilber.
En el bando opuesto, los partidarios de Bell argumentan que su trabajo se basaba en sus propios logros previos y que el transmisor de Gray no era funcional. Sea como fuere, aunque Bell se inspirara en el transmisor líquido de Gray, esta reivindicación de su patente no fue aceptada, y además tuvo que modificar su sistema posteriormente, por un transmisor de inducción. Es posible por tanto que el plagio no fuera crucial para el trabajo de Bell, pero si tenemos en cuenta el carácter prácticamente absoluto que tenían las patentes por aquel entonces, ya que solo se concedían derechos de patente al primer inventor, el hecho de que la patente concedida haya sido la de Bell, sí que fue determinante para la continuidad de este desarrollo.
Conviene aquí aclarar que una advertencia de patente, frecuentemente conocida abreviada mente como advertencia, era una acción que se presentaba ante la Oficina de Patentes de los Estados Unidos (USPTO), advirtiendo de la intención de presentar una solicitud de patente en una fecha posterior. Las advertencias fueron instituidas por la Ley de Patentes de 1836 y su abolición se produce formalmente en 1910. Una advertencia era similar a una solicitud de patente, ya que exigía una descripción y unos dibujos, pero no existía examen alguno de la materia patentable y tampoco se exigían las reivindicaciones.
Una advertencia tenía una duración de un año, pero se podía renovar mediante el pago de una cuota anual de 10 USD.
El objetivo principal de una advertencia era impedir la expedición de una patente rival para la misma invención a un inventor posterior. A tal efecto, antes de conceder una patente, la USPTO también hacía búsquedas en las advertencias presentadas dentro del año precedente. Si se encontraba alguna para la misma invención que la patente propuesta, la Oficina de Patentes notificaba al titular de la advertencia, proporcionándole un plazo de 3 meses para presentar una solicitud formal de patente, y si las dos solicitudes de pa tente se reafirmaban reclamando la misma invención, se podía sugerir una interferencia entre patentes y no se emitiría ninguna de las patentes hasta que se determinase quién había sido el primero en inventar tal invención.
Las advertencias fueron algo similar a las solicitudes provisionales utilizadas en la actualidad en los Estados Unidos. Las solicitudes provisionales también expiran en un año, pero no son renovables. No obstante, como tampoco existe ninguna publicación, son acumulables, es decir antes o después del vencimiento de una primera solicitud provisional, se puede solicitar otra se gunda idéntica, pero la fecha de prioridad de la patente la establecerá, en este supuesto, aquella provisional que esté dentro del plazo del año (de prioridad).
Las solicitudes provisionales se introducen en la Ley de Patentes de Estados Unidos en 1994. Su objetivo principal es equiparar a los estadounidenses con los extranjeros, los cuales ya disponemos de un año, después de solicitar la patente en nuestro país, para extender la patente en los EE UU, de conformidad con el llamado “derecho de prioridad”, establecido en el Convenio de la Unión de París, de 1883.
Como el año de prioridad no se tiene en cuenta a la hora de contabilizar la vida de 20 años de una patente, realmente el periodo en el que se puede proteger una invención puede alcanzar los 21 años, si se solicita primero en el país de origen y se agota el plazo de prioridad. Sucede lo mismo para un estadounidense, si primero solicita una provisional, puesto que tampoco se contabiliza el año de protección que les proporciona.
En España, tenemos dos formas de lograr esta protección extra de un año. Una sería solicitando una patente nacional y con prioridad de esta una Europea, que una vez concedida se puede validar en España para así alargar la protección, puesto que la fecha de inicio de la europea es la de su solicitud. La otra forma viene recogida en la Ley de Patentes de 2015, es la llamada prioridad interna, que tiene por objetivo no discriminar a quienes presentan su primera solicitud en Espa ña y permitirles la presentación mejorada o corre gida de solicitudes posteriores, dentro del primer año, beneficiándose de los efectos de la prioridad para los elementos comunes a las solicitudes de la misma invención.
Pero esta historia tampoco acaba aquí, ya que la patente de Bell ha sido llevada cientos de veces a los tribunales y, aunque la justicia en muchas ocasiones llega demasiado tarde, por fin, en junio de 2002, 125 años más tarde!!, la Cámara de Representantes de los Estados Unidos aprobó la Resolución 269 por la cual se reconoce el trabajo de Antonio Meucci, un italiano nacido en Florencia, que emigró a Nueva York, y en 1860 desarrolló un aparato que él llamaba telettrofono, de características muy similares al teléfono de Bell. Meucci estaba en la ruina y apenas si pudo costearse los 10$ que costaba presentar una advertencia de patente en 1871 y por ello tampoco pudo, tres años más tarde, renovar su derecho a la futura patente.
Meucci envió un prototipo y detalles técnicos a la compañía de telégrafos Western Union, pero no logró siquiera una entrevista con ellos y, por si fuera poco, en 1874 recibió como única respuesta una carta en la que se le informaba de que el material que les había enviado no se lo podían de volver porque lo habían extraviado. Dos años más tarde, milagrosamente, Bell patentó el primer teléfono y firmó un acuerdo económico con… Western Union.
Por fin, después de más de un siglo sabemos que el verdadero inventor del teléfono fue Meucci y que Bell, ciertos abogados de patentes y examinadores de la época, así como algunos directivos de Western Union, eran unos tramposos. Así que cuando vuestros hijos os pregunten quién inventó el teléfono, por favor, recordad esta historia…